domingo, 10 de mayo de 2009

RESOLUCION Nº 060/MGPYDGC/2006

EL MINISTRO DE GESTION PÚBLICA
Y DESCENTRALIZACION
RESUELVE

ARTICULO 1º: Crease en el ámbito del Ministerio de Gestión Pública y Descentralización, el Gabinete de la Transición a las Comunas que tiene por objeto el diseño integral y la coordinación del proceso previsto en el Artículo 47 de la Ley 1777, así como el seguimiento del mismo en el territorio de cada una de las Comunas.

ARTICUL0 2º: El Gabinete de la Transición a las Comunas estará integrado por el Ministro de Gestión Pública y Descentralización, en carácter de Presidente, por el Subsecretario de Descentralización, por el Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio, por la Coordinadora del F/N Consejo Consultivo del Ministerio, por los/as quince (15) delegados/as del Ministerio en el territorio de cada una de las Comunas, por nueve (9) representantes vecinales de reconocida trayectoria en temáticas vinculadas a la descentralización y al debate y elaboración de la Ley 1777, por dos (2) representantes de la asociación sindical de trabajadores con personería gremial del área de Descentralización, y por un representante de cada uno de los Ministerios que conforman el Órgano Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a cuyo fin se invita a los señores Ministros a designar sus representantes.

ARTICULO 3º: El Gabinete de la Transición a las Comunas se reunirá al menos una vez al mes, en fecha, hora y lugar a determinar por el Ministerio de Gestión Pública y Descentralización. Trimestralmente, se invitará al Jefe de Gobierno a presidirla y a participar de la misma a los Ministros/as y Secretario/as que integren el Gabinete.

ARTICULO 4º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios y Secretarias que integren el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los F/N Centros de Gestión y Participación.
Cumplido, Archívese.



FIRMADO


Roy Cortina
Ministro de Gestión Pública
y Descentralización G.C.B.A.




RESOLUCION Nº 060/MGPYDGC/2006

LOS CAMBIOS DE ORIENTACIONEN EL PROGRAMA DE TRANSICION A LAS COMUNAS

REDES PPGA

ANTECEDENTES. EL PROGRAMA DE TRANSICION 2005

Siendo Telerman el vice jefe del GCBA en ejercicio de la Jefatura, en una reunión de gabinete ampliada con funcionarios, realizó el 1º de febrero de 2006 el lanzamiento del Programa de Transición a las Comunas. Aunque el acto no fue abierto a la presencia de organizaciones sociales y vecinales u otros actores interesados, celebramos el hecho porque significaba el reconocimiento por parte del gobierno de una acción imprescindible e impostergable y la expresión de la voluntad política de llevarlo adelante.

El anuncio se pudo realizar entonces, aun en medio de la parálisis que atravesaba el Gobierno de la ciudad, porque existió un intenso trabajo anterior entre estructuras del gobierno y organizaciones sociales, aspecto que no fue debidamente recogido ni en la presentación ni en los documentos de difusión que editó la Secretaría de Descentralización y fueron desde entonces distribuidos

El Programa de Transición era, hasta ahí, el resultado de un esfuerzo conjunto entre áreas de gobierno y la comunidad: durante el año 2005 fueron realizados primero el ciclo Buenos Aires VIVA V [1] y enseguida el ciclo de reuniones de trabajo del Grupo Promotor en la Secretaría de Descentralización del GCBA convocadas por el entonces Subsecretario Mauricio Tarullo, los cuales contribuyeron rotundamente en la definición de los objetivos, acciones y presupuesto del referido Programa. En lo formal fue constituido un Grupo Promotor por la Resolución 147/2005 del entonces Secretario de Descentralización, Héctor Capaccioli, cuyo texto no formó parte tampoco de los anuncios y material de difusión

Estos ciclos de trabajo concitaron la participación creciente de organizaciones vecinales y otros actores sociales, y sirvieron para la instalación en la sociedad y el gobierno, de la idea de un programa participativo de transición a las comunas.

En la gacetilla de prensa que emitimos ese día expresamos dos preocupaciones centrales ante el anuncio:

1. Los riesgos derivados del atraso que tenía la implementación del Programa con relación a los plazos derivados de la Ley 1777 abrían una seria incógnita ¿en un tiempo mucho menor se conseguiría alcanzar los objetivos propuestos dentro de los plazos de la Ley o, por el contrario, este atraso serviría de motivo para, por insuficiente preparación, volver a postergar el inicio de las Comunas?

2. Se abría también una gran incertidumbre respecto a perfil participativo del Programa: pudiera ser que en vez de afirmarse en cuidadas acciones tendientes a agregar la participación comunitaria en un esfuerzo planificado y productivo que es fundamental para la creación de las Comunas, se empezara a caer en la improvisación, el desaliño y el direccionismo, vicios habituales que suelen mostrar las políticas públicas que se pretenden participativas.

Durante la fase de diseño y elaboración del Programa en la experiencia del Grupo Promotor hubo momentos de trabajo intenso y entusiasta participación multilateral en un contexto abierto y a la vez tenso, atravesado por desconfianzas y presiones entre algunos actores. Hubo también mesetas de baja actividad y negociaciones bilaterales que erosionaron buena parte de los avances y asociaciones conseguidas en las etapas de trabajo conjunto.

Hubo también un período de inactividad y parálisis del Programa (que debía, cuanto menos haber iniciado sus actividades el 1 de enero según su presupuesto y cronograma[2] preliminar) motivadas directamente por la crisis derivada del juicio político al Jefe de Gobierno Ibarra y los delicados equilibrios coyunturales que sostenían al gobierno de Telerman

Hasta ese momento, como quiera que sea, las cosas habían cambiado poco todavía respecto al cuadro de situación que nos llevó como Redes PPGA a impulsar la idea de instalar en la comunidad y el gobierno una etapa de preparación y co gestión que aumentara la dinámica del tejido social en torno a la creación de las comunas y contribuyera a desarrollar en las estructuras gubernamentales los equipos y las técnicas necesarias para una empresa de tamaña envergadura.

Por ese motivo realizamos como Redes PPGA, entre febrero y marzo de 2006 el “Ciclo de reuniones informativas y de trabajo previas a la implementación del programa de transicion a las comunas”, que se materializó en encuentros en diversos barrios de la ciudad, con el objetivo de hacer conocer el proceso que había dado lugar a ese Programa para de suplir la insuficiente información que había suministrado a la opinión pública el GCBA.

El Programa había sido pensado tomando en cuenta las experiencias gubernamentales y socio territoriales que de hecho significarían contribuciones importantes al proceso fundacional de las comunas. Los componentes del Programa y las acciones programadas para ponerlos en acción tendían a garantizar y promover la movilización social en torno la creación de las comunas, poniendo el acento en las prácticas sociedad-estado que serían necesario estimular y ensayar para facilitar la democracia participativa en ellas.

Los objetivos de esas reuniones fueron:
-informar como fue diseñado y elaborado el Programa
-explicar sus objetivos, estructura e hipótesis de implementación
-explicar su modelo de gestión
-analizar los riesgos y cuellos de botella que le esperan
-defender que no se le hagan modificaciones que lo descaractericen
-organizar tareas facilitadoras que permitan a esas personas y organizaciones
intervenir activamente el Programa


CAMBIO DE ORIENTACION. EL PROGRAMA DE TRANSICION 2006
El modelo de transición que en la actualidad se lleva adelante desde el GCBA tiene pocos puntos de contacto con el que fue preparado el año anterior, ni es siquiera próximo del tibio anuncio que el propio Telerman hizo de aquel mismo Programa en la ya citada reunión de gabinete del 1 de Febrero de este año, tomando, en realidad, otra orientación.

Ahora sí, desde que asumió Telerman como Jefe de Gobierno (producida la destitución de Ibarra) y conformó su gabinete las cosas han cambiado mucho en el Programa de Transición y modifican seriamente el cuadro de situación. Veamos sólo algunas notas del cuadro actual:

No hay historia reconocible ni antecedentes valederos. Basta observar la resolución Nº 060/2006 por la cual el actual Ministro organiza lo que denomina “Gabinete del Programa de Transición”. Está redactado de manera de afirmar que nada ha habido antes de ahora que pudiera ser tomado como antecedente, todo comienza ahora. Esta resolución no resiste la comparación con la anterior del Secretario de Descentralización, que para formar el Grupo Promotor recorría los diferentes esfuerzos y experiencias socio territoriales que antecedían esa decisión.

No hay grupo promotor asociado sino acción estatal centralizada. Siempre hemos opinado que si se quiere fundar órganos participativos, su proceso de elaboración y formulación también tiene que ser participativo. Esto parece obvio si se trata de políticas de descentralización pero de nuevo se opta por una concepción de autorregulación estatal (con algunos balcones de consulta) prescindiendo de reconocer la responsabilidad social en el proceso fundacional.

No hay consejo participativo, sino gabinete. La definición de “gabinete” que fue hecha conocer es reveladora que allí se reúnen personas elegidas por el propio Ministro. El proceso se piensa ahora con la participación de una oligarquía de organizaciones interesadas en el tema y no hay preocupación por la motivación y movilización que agregue más organizaciones al proceso. En los últimos años ha habido algunas experiencia de Consejos participativos de políticas públicas, algunos más amplios y abiertos y otros más controlados o restrictivos, pero la constitución de un “gabinete” eligiendo el convocante a los “vecinos” que lo integrarían no tiene cabida en ningún tipo de órgano participativo. Sustentamos otros criterios para promover y practicar la democracia participativa, criterios que se afirman en el reconocimiento de las prácticas colectivas y en la trayectoria de grupos y redes que representan una significativa contribución a la cogestión de políticas publicas.

Habrá “expertos” en vez de intercambio de saberes.
El ministro ha reiterado en varias oportunidades que él y su equipo de “expertos” y profesionales especializados prepararán el plan maestro y todos los instrumentos, a los cuales en todo caso se habilitarán consultas para sugerencias.
En cuanto a capacidades necesarias, donde antes proponía un trabajo asociado y se esperaba un intercambio de saberes y el aprovechamiento del conocimiento distribuido en la sociedad, ahora se propone “…desarrollar un plan de capacitación sistemático, diseñado y dictado por expertos…” [3].
El Programa adquiere un perfil diferente al elaborado en lo que denominamos Ciclo Buenos Aires VIVA V - Grupo Promotor en la Secretaría de Participación Ciudadana, y en vez de ser el resultado de un trabajo conjunto sociedad-estado, será el resultado de elaboraciones de gabinetes tecnocráticos, cuyos proyectos y trabajos serán “informados”, teniendo la certeza que serán aceptados.
No habrá instancias amplias participación sino “triunviratos”
El ministro ha reiterado en varias oportunidades que las unidades comunales de descentralización estarían compuestas por un “triunvirato”, a saber: un coordinador designado por el ministerio de descentralización, el director del CGP que corresponda y “un representante de la organizaciones vecinales” [4]. Lo que preside la preocupación del poder público es “llenar” con mínimo esfuerzo la definición de la ley respecto a la participación de organizaciones vecinales. Como el tejido asociativo es complejo, disímil, variado y múltiple, las prácticas políticas tradicionales exentas de métodos apropiados para lidiar con un contexto plural prefieren resolverlo cortando por lo sano, pidiendo que unos pocos representen todos, haciendo caso omiso no sólo a que no existe procedimiento para eso con el falso presupuesto que la rica diversidad del tejido asociativo se resuelve con una única y pobre representación. Se habla de democracia participativa pero, en el mejor de los casos, se remite a procedimientos de la democracia representativa de imposible aplicación a esta realidad o se abre la posibilidad de la elección “indicada” o “sugerida” y otros mecanismos aun menos democráticos.

Las comunas no serán estucturas nuevas sino viejas estructuras que se “agiornan”. Se retorna a la vieja concepción que presidió la gestión De la Rua, basada en que las comunas no serían otra cosa que la transformación de los CGPs. Se anuncia un decreto que modificará los límites de los actuales CGPs para que coincidan con los de las futuras comunas. Se vuelve a perder la pista sobre la importancia de un proceso fundacional en la que hubiesen acuerdos socio territoriales y movilización del tejido social previos a la creación de las comunas, como un modo de corregir la matriz originaria. Las comunas devendrán en un cierto “arreglo” de la situación actual del Estado, en vez de suponer una construcción asociada entre estado y comunidad de una nueva matriz. El pronóstico de lo que resultará por ese camino es poco estimulante.

CONCLUSIONES
Durante el 2005 se había instalado la idea de trabajar sobre los aspectos que la ley no definía pero que eran imprescindibles de ser considerados para la creación de las comunas (preparación y mapeo socio-territorial, recuperación de experiencias, intercambio de saberes, prácticas decisiónales co-gestivas, red socio-gubernamental de información, modelo cogestivo de gestión de la transición, etc.)

En cambio habrá ahora un programa gubernamental de transición a las Comunas centrado en el “acondicionamiento institucional” (sistema y calendario electoral) y el traspaso administrativo de recursos (sedes, patrimonio, personal, etc.) ciñéndose a la ley, que estarán fuertemente condicionados por las negociaciones de todo tipo de los actores del sistema político partidario.

Se trata de un plan que diseña y lleva adelante el Ministerio, el cual recibiría aportes de los integrantes del Gabinete de Transición a las Comunas en reuniones mensuales que tendrán apenas un carácter informativo, abierto a sugerencias de los representantes de otros organismos de gobierno y del sindicato y también de los vecinos elegidos por el Ministro. Se desdibuja el campo de colaboración, aun tenso y contradictorio, que se había creado.

De nuevo nos encontramos frente a una política incompleta, sostenida en las viejas prácticas y escindida de la construcción con la sociedad, que por un momento, durante un año, sospechamos tenía posibilidades de establecerse.

Desde las Redes PPGA tuvimos en 2005 la presunción que se abrían posibilidades de completar las insuficiencias de la política pública en este campo, organizando un Programa de Transición en gestión asociada, que sin dejar de atender a las cuestiones administrativas y funcionales pusiera también el acento en la experiencia social e histórico-cultural de la ciudad, sus movimientos sociales, sus políticas innovadoras, y que también se propusiese aceptar que en la reforma del estado que las comunas significan, es primordial la participación de la sociedad.

Esa presunción se vio confirmada sólo en forma parcial, pero suficiente para reconocer algunos avances a los que nos hemos referido más arriba. Esa posibilidad ahora se ha desvanecido, por lo cual podemos afirmar que no hay a la vista ninguna presunción de prácticas cogestivas en el Programa de Transición.

Ahora, por lo tanto, las posibilidades de realizar los trabajos que completen lo que le falta a la política pública de creación de las comunas, quedan limitadas a las prácticas socioterritoriales y a los actores localizados que coincidan ellas, habida cuenta que en estos momentos esos asuntos no forman parte de la voluntad política del GCBA.

El programa gubernamental, en su nueva versión, prioriza “lo urgente”, “lo práctico”, “lo que dice la ley”. Las Redes PPGA retomarán la iniciativa política de construir una red social territorial, diversa sí, pero con acuerdos y prioridades consensuadas en simultaneidad con trabajar en la preparación y afirmación de prácticas asociadas cumunidad-estado y en ensayos anticipatorios de cómo tratar las futuras agendas comunales e intercomunales, asuntos que ahora nadie prioriza.

Buenos Aires, 10 de Junio de 2006
[1] Los antecedentes de las Redes PPGA en referidos a esta concepción del Programa de Transición para las Comunas se remontan al período anterior a la Constituyente de 1996. Durante la Constituyente el Buenos Aires Viva III presentó una propuesta de Programa de Transición que no tuvo recepción en el articulado de la Constitución. El Buenos Aires Viva IV (2001) organizó un programa de transición para el Oeste de la ciudad. Estos y otros muchos documentos pueden consultarse en el CD “Buenos Aires VIVA V, un programa participativo de transición a las comunas”, editado por Redes PPGA, Secretaría de Descentralización del GCBA y otros, diciembre de 2005.
[2] La versión completa del texto del Programa y su cronograma fue presentada en la reunión realizada en la Secretaria de Descentralización el 1º de diciembre de 2005 con participación de todas las organizaciones que integraban el Grupo Promotor. El documento editado para la presentación que hizo Telerman el 1º de febrero omitió tanto las acciones programadas como su cronograma y sólo incluyó el capítulo de los fundamentos del Programa.
[3] Como fuente puede consultarse el Boletín electrónico de la Comisión de Descentralización del Partido Socialista, editores R. Cortina y otros, 03-03-06
[4] Ib idem que la anterior

BORRADOR del MANIFIESTO POR COMUNAS YA

Borrador 2

Los abajo firmantes, vecinos de todos los sectores, instituciones y O.N.G. de todas las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, considerando que al incumplir el Título Sexto del Libro Segundo de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley Orgánica de Comunas Nro 1.777 no se ha puesto en funcionamiento las comunas en tiempo y forma, se requiere a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Gobierno de la Ciudad y al Poder Judicial Nacional que realicen TODOS los actos necesarios para hacer posible el funcionamiento pleno de la Comunas en el año 2007, a saber:

· Fijación del calendario electoral para la elección de autoridades de las Comunas. El Poder Legislativo debe fijarlo, y el Poder Ejecutivo cumplirlo en tiempo y forma.
· Sanción por parte del Poder Legislativo, de la Ley de Partidos Políticos debatida con los vecinos y tratada en Comisión y su promulgación en tiempo y forma por parte del Poder Ejecutivo.
· Padrón electoral. El Poder Ejecutivo dará la información requerida por el Poder Judicial, para que dicho organismo complete el trámite en tiempo y forma.
· Descentralización de servicios y transferencias de competencias exclusivas y concurrentes, de acuerdo a lo indicado en el art 47 de la Ley Orgánica de Comunas Nro 1.777, a ser realizado por el Poder Ejecutivo.
· Funcionamiento eficiente en la Legislatura de la Comisión Bipartita de Control y Seguimiento del Proceso de Transición a las Comunas, art. 48 de la Ley Orgánica de Comunas N° 1777.

Convocamos a que se constituyan los Consejos Consultivos Provisorios en cada comuna a la brevedad, como así también se constituya un Consejo Consultivo Intercomunal Provisorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los vecinos de la ciudad exigimos que se respeten nuestros derechos y que nuestros representantes legislativos y el ejecutivo cumplan con las obligaciones que les corresponden, con las leyes referidas a las comunas en los plazos y formas que las mismas han fijado, respetando su espíritu y el de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, marzo 2007.

domingo, 19 de abril de 2009

¿QUIENES SOMOS?

ESPACIO INTERCOMUNAL COMUNAS YA

¿Quiénes somos?

Los vecinos que integramos el ESPACIO INTERCOMUNAL COMUNAS YA somos ciudadanos de los distintos barrios de Buenos Aires que nos unimos y organizamos en un espacio independiente, más allá de todo interés partidario, y de manera totalmente voluntaria y gratuita, con la firme decisión de hacer que las Comunas sean una realidad.

No aceptamos que un interés particular – de algún funcionario, de algún negocio o de alguna parcialidad política – sea superior al bien común de los vecinos que habitan un barrio, una comuna o la ciudad en su conjunto.

Nos inspira la convicción más profunda de que la ciudad de Buenos Aires es nuestra ciudad y los barrios nuestros barrios; por lo que sus habitantes tenemos el derecho de decidir y controlar lo que se haga en ellos.

Creemos que en las actuales circunstancias la democracia electiva no alcanza para asegurar este derecho, por lo cual debe complementarse y profundizarse con la democracia participativa, tal como lo establece el artículo 1º de la Constitución de la Ciudad.

Por eso la ley de Comunas establece dos instituciones de autoridad comunal: la Junta Comunal elegida por votación y el Consejo Comunal donde los vecinos y organizaciones vecinales participan libremente para decidir lo que quieren que se haga en sus barrios y controlar que esa voluntad sea ejecutada adecuadamente por la Junta Comunal.

La integración de la Ciudad de Buenos Aires en Comunas – objetivo central y único de nuestra lucha – tiene la doble finalidad de crear gobiernos barriales y promover la decisión y control ciudadano de las acciones de gobierno en un espacio local visible, palpable y controlable por quienes los habitamos.


¿Qué hicimos?

Con estas convicciones y creencias muchos vecinos, a lo largo de muchos años nos comprometimos a lograr que las Comunas se pongan en vigencia, cosa que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad deberían haber hecho a más tardar en Octubre del 2001, y no hicieron. Ante esta situación:

En mayo del 2002 creamos la Red de Vecinos de Buenos Aires con el fin de impulsar el cumplimiento del Título VI de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, demandando a las autoridades la sanción e implementación de una Ley Orgánica de Comunas.

En Octubre del 2003 reagrupados en Comunas de Buenos Aires hicimos un acto frente a la legislatura porteña llamado “el Tortazo” festejando irónicamente los dos años de incumplimiento constitucional.

A fines del 2003 y principios del 2004 exigimos al ejecutivo y legislativo de la Ciudad que realice un proceso participativo de consulta en todos los barrios para establecer el contenido de la Ley de Comunas y paralelamente realizamos un amparo que el Juez Cataldo aceptó, imponiendo al Ejecutivo y Legislativo de la Ciudad la obligación de sancionar e implementar la Ley

Esta demanda vecinal y judicial fue tomada por la Comisión de Descentralización de la Legislatura y llevada adelante con el apoyo activo de miles de vecinos, lo que dio por resultado el borrador de la Ley Orgánica de Comunas 1777, dando así origen a la primera ley elaborada participativamente en la Ciudad de Buenos Aires por lo que merece el respeto de cualquier autoridad ya que implica un amplio consenso en su contenido.

A fines del 2004 por presión ejercida constantemente sobre los legisladores logramos que ese borrador sea aprobado en general, aunque una trampa a que nos tienen acostumbrados los legisladores, hizo que se tuviera que aprobar articulo por articulo en una “comisión especial” de legisladores sin vecinos, prorrogando así su sanción por varios meses más.

Los vecinos no permitimos que esa comisión funcionara sin nosotros y a lo largo de todo el 2005 discutimos artículo por artículo con los legisladores hasta que, finalmente, en Septiembre del año 2005 logramos que se sancione con 52 votos favorables sobre 60 votos posibles. Es decir con una mayoría aplastante de la que participaron todas las fuerzas políticas de la ciudad, incluidos quienes hoy integran el FPV, la CC, la Izquierda y el Macrismo.

Pero sancionar una ley no es ponerla en práctica, de manera que en Abril del año 2006 comenzamos a formar algunos Consejos Comunales en la forma autoconvocada a que nos habilita la Ley por nuestra cuenta y a nuestro costo, sorteando los permanentes obstáculos que el Poder Ejecutivo de la Ciudad nos puso al crear desde el Ministerio de Descentralización espacios y foros vecinales artificiales e impuestos para desarticularlos.

A partir de la sanción de la ley participamos activamente en todas las reuniones de la Comisión de Control y Seguimiento Bipartita – integrada por legisladores y vecinos según el Art 47 de la Ley 1777 – elaborando un cronograma completo y detallado de las acciones a instrumentar para realizar el proceso de transición a las Comunas y proponiendo en cada ocasión los pasos que, a nuestro entender, debía dar dicha comisión para cumplir con su finalidad.

También, por otro lado influimos fuertemente sobre los legisladores para lograr que la Legislatura establezca la fecha para convocar las primeras elecciones de las Juntas Comunales cosa que se obtuvo con la ley 2405 que estableció la fecha de elecciones comunales para el 10 de Agosto del año 2008.

Dado que el nuevo gobierno intentó desconocer y menospreciar la Ley de Comunas eludiendo la convocatoria a las primeras elecciones comunales, nos vimos obligados a volver a la carga sobre los legisladores para que, si el Poder Ejecutivo no las convocaba lo hiciera la Legislatura como es su obligación legal. Esta presión originó el primer revés parlamentario del nuevo gobierno al retirarse todos los bloques de la oposición del recinto.

Sin embargo la actitud del Frente para la Victoria la semana siguiente, al avalar la no convocatoria a elecciones comunales del Jefe de Gobierno, generó otra postergación en la implementación de las Comunas y alargó el incumplimiento constitucional de todos los poderes Ejecutivos y Legislativos que han gobernado nuestra Ciudad desde Octubre del año 2001 hasta la fecha.

A raíz de esa nueva dilación de la convocatoria a las elecciones de las primeras Juntas Comunales y viendo que era un cuento de nunca acabar, el Espacio Intercomunal decidió a principios del año 2008 promover firmemente la constitución de los Consejos Comunales en forma autoconvocada – como lo permite la ley 1777 en su art. 36 – cosa que hicimos con gran éxito, ya que a la fecha se han constituido en la Ciudad 10 de los 15 Consejos Comunales.

Los objetivos estratégicos que nos trazamos para el año 2009 son convertir los Consejos Comunales en ámbitos institucionales activos de participación vecinal autoconvocada, articulando y potenciando todas las demandas y propuestas territoriales de los vecinos de cada Comuna y presionar para que, finalmente, el Poder Legislativo fije la fecha de las elecciones comunales en el curso del corriente año y el Poder Ejecutivo las convoque, dando fin, de esa forma, a ocho años de incumplimiento de la Constitución de la Ciudad por parte de sus autoridades.


A eso fines hemos realizado un seguimiento paso a paso del accionar del Juzgado Electoral en la elaboración de los padrones comunales, hemos participado en el amparo presentado al Superior Tribunal de Justicia de la Nación, apoyamos la presentación realizada por un vecino a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y apoyamos todas las iniciativas barriales surgidas a partir del protagonismo vecinal, promoviendo su integración y articulación en los Consejos Comunales.

Por todo lo anterior afirmamos

- Que la Constitución y las leyes deben ser cumplidas por las autoridades políticas, independientemente de que sean o no de su gusto. Esto es preservar las instituciones y la democracia.

- Que la ley de Comunas fue la única ley elaborada con la participación de miles de vecinos interesados por el bien común, que barrio por barrio y a través de varios años de trabajo gratuito y voluntario, logramos que se sancione una ley capaz de asegurar el control vecinal y descentralizado del manejo de los dineros públicos.

- Que las Comunas no sólo no incrementarán el “gasto político” sino que, al tener los vecinos la facultad de controlar dichos gastos, estos se reducirán sensiblemente. Creemos que es esto, justamente, lo que se quiere evitar al obstaculizar desde hace 8 años el cumplimiento de la Ley de Comunas.

- Que la creación de los Gobiernos Comunales descentraliza, agiliza y hace mucho más eficiente y amigable el aparato burocrático centralizado, ineficaz y anquilosado, que hoy debemos soportar los vecinos de la ciudad para solucionar cualquier problema que nos aqueja y que, ciertamente, beneficia a unos pocos a costa de la mayoría de los ciudadanos comunes.

- Que sólo la participación vecinal organizada va a asegurar una ciudad hecha a la medida de las necesidades e intereses de su población, en lugar de una ciudad hecha a la medida de los negocios y de los intereses partidarios que los representan o se subordinan a ellos.

Espacio Intercomunal Comunas Ya
intercomunas@yahoo.com.ar

sábado, 4 de abril de 2009

EL LARGO CAMINO HACIA LA FORMACIÓN DE LAS COMUNAS























































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ESPACIO INTERCOMUNAL COMUNAS YA
¿QUIENES SOMOS? El largo camino hacía la formación de las comunas.OPINIONES* COMUNAS, CASI UN BOTÍN DE GUERRAARTICULOS*Parodia y reclamo -"Noticias Urbanas"-INSTITUCIONAL* Petitorio a la Sra. Presidenta de la Legislatura Los Consejos Consultivos Comunales en la transiciónInstitucionalizar la participación.LAS COMUNAS Y EL UNIVERSO LEGAL Ley Nº 1777EVENTOS - INICIATIVASVis a vis con los legisladores de la C.A.B.A

viernes, 3 de abril de 2009

DIAGRAMA DEL PODER DISEÑADO POR LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Ciudad de
Buenos Aires


Poder Ejecutivo
(Libro Segundo
Título IV Const.)

Poder Legislativo
(Libro Segundo
Título III Const.)

Poder Judicial
(Libro Segundo
Título V Const.)

Participación Vecinal
(Título Preliminar y Libro Primero y Segundo)

Espacio Ciudad

Jefe de Gobierno

Legislatura

Tribunal Superior
Juzgados


Instituciones de democracia participativa.
Carácter participativo del diseño del Presupuesto de la Ciudad
(Art. 52º Const.)

Consejo de Planeamiento Estratégico
(Art. 19º Const.)

Plan Urbano Ambiental
(Art.29º Const.)

Coordinación
Ciudad-Comunas


Consejo de Coordinación Intercomunal
(Art. 104º
Inciso 15º Const.)
(Ley Orgánica de Comunas Nº 1777/05, Título V,
Art. 39º al 41º)

Carácter participativo del diseño del Presupuesto de la Ciudad
(Art. 52º Const.)

Espacio Comuna

Junta Comunal
(Libro Segundo
Título VI y Cláusula
Transitoria17ºConst)
((Ley Orgánica de Comunas Nº 1777/05, Título III Art. 19º al 32º)
--------------
Tribunales de Vecindad
(Cláusula Transitoria 12º Inciso 5º)

Fiscalías

Consejo Consultivo Comunal
(Título VI Const.)
Ley Orgánica de Comunas Nº 1777/05, Título IV ,Art. 33º al 38º)
Elaboración Participativa del Anteproyecto de Presupuesto (Ley Orgánica de Comunas, Art 15º)

DIAGRAMA DEL PODER EN LA COMUNA
SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD
Y LA LEY DE COMUNAS 1777/05


Comuna

Organización

Atribuciones

Junta Comunal
(Gobierno Ejecutivo)


Organo colegiado de 7 vecinos. Se integra con mayorías y minorías, según el voto proporcional. El primer miembro de la lista más votada es el Presidente de la Junta, a la que representa legalmente. El mandato de la Junta es por 4 años, con una sola reelección.

Competencias Exclusivas: Elaborar y ejecutar el Programa de Acción y el Presupuesto Comunal anual. Presentar proyectos de decretos y de leyes. El mantenimiento de los espacios verdes y de las vías secundarias. Competencias Concurrentes con el Gobierno Central: planificación, prestación y control de los servicios de la ciudad y otras. (Art.28º de la Constitución). Ejecución de los Programas Presupuestarios que tengan impacto local específico. (Art.4º del Proyecto de Ley). Integrar el Consejo de Coordinación Intercomunal.

Consejo Consultivo Comunal
(Vecinos Activos)


Integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes y otras formas de organización con intereses o actuación en el ámbito de la Comuna. Se garantiza el funcionamiento del Consejo a escala barrial y descentralizada, así como el derecho de los vecinos con domicilio en la Comuna a participar a título individual de sus actividades.

Participa en la elaboración del Programa de Acción y el Presupuesto de la Comuna y define prioridades de obras. Presenta propuestas a la Junta, sigue su gestión y controla la ejecución del presupuesto. Promueve mecanismos de información y de participación ciudadana. La Junta Comunal está obligada a tratar las recomendaciones del Consejo.

Vecinos de la Comuna
(Totalidad de los habitantes)

Libre
La totalidad de los vecinos están habilitados para votar a la Junta Comunal y pueden participar de las actividades que se desarrollen en el Consejo Consultivo Comunal.

jueves, 13 de noviembre de 2008

DISTRITOS ELECTORALES - SERVINE DE CUBRIA